AFLUENTES Y SUBAFLUENTES DEL DUERO
En hidrología, un afluente es un arroyo o río secundario que desemboca en otro más grande. Por lo general, el río principal no ofrece dudas porque tiene un mayor caudal, anchura o longitud que sus afluentes. No obstante, hay ocasiones en las que el afluente es mucho más caudaloso (como el Esla con respecto al Duero) o más largo (como el Sil con respecto al Miño) que el río principal, y entonces se cumple el dicho de que «unos llevan el agua y otros llevan la fama».
Dentro de los afluentes hay también jerarquías. Los que desembocan directamente en el río principal son los afluentes por antonomasia, mientras que los que desembocan en otro afluente se llaman subafluentes. A su vez, los afluentes más importantes tienen también el rango de principales. Los afluentes principales del Duero son el Pisuerga, Valderaduey, Esla y Támega por la margen derecha, y el Riaza, Duratón, Cega, Adaja, Tormes, Huebra y Agueda por la izquierda.
Basta con ver un mapa para comprobar que el Tera desemboca en el Esla y este a su vez en el Duero. Es decir: el Tera es un subafluente del Duero. Pero hubo una época en la que, a despecho de lo que dijeran la geografía y la hidrología, el Tera fue considerado legalmente no sólo un afluente, sino un afluente principal del Duero.
El río Tera es un subafluente del Duero porque es afluente de su afluente, el río Esla.
— Los ríos de la provincia de Zamora

LAS CONFEDERACIONES HIDROGRÁFICAS
En España, los ríos han sido tradicionalmente un recurso mal distribuido y muy mal aprovechado. Por un lado, la accidentada orografía, llena de montañas y mesetas, ha impedido la navegación fluvial, y con ello el comercio entre la costa y el interior. Por si fuera poco, el régimen de lluvias ha provocado numerosos ciclos de sequías e inundaciones que arrasaban las viviendas, cultivos y molinos. Eso ha provocado una inseguridad permanente ante lo que pudiera venir del cielo, por lo que España siempre ha tenido una población escasa sumida en el atraso económico.
Para resolver ese problema, en 1926 la Dictadura de Primo de Rivera creó las Confederaciones Hidrográficas. Su objetivo era gestionar todos los cursos fluviales de cada cuenca, así como realizar todas las obras hidráulicas, agrícolas o forestales que fuesen necesarias. Para ello se quería involucrar a los usuarios agrícolas e industriales de los ríos, que contarían con representantes o delegados en cada Confederación.
La ley mencionaba expresamente los afluentes principales, que eran aquellos que influían de un modo decisivo en el río principal. Y correspondía a la Administración pública el declarar qué afluente era principal y cuál era secundario, con independencia de lo que dijeran los libros de geografía. Al margen de la vanidad y el prestigio, esa declaración tenía un efecto práctico: sólo los afluentes principales contaban con delegados propios en la Confederación; los demás tenían un solo delegado para todos ellos.

Correspondía a la Administración el declarar qué afluente era principal y cuál era secundario, con independencia de lo que dijeran los libros de geografía.
— Desembocadura del Tera en el Esla
LA LUCHA DEL TERA POR SER UN AFLUENTE PRINCIPAL DEL DUERO
Al año siguiente, el 23 de junio de 1927 se creó la Confederación Hidrográfica del Duero, para gestionar y aprovechar tanto ese río como sus tributarios. Se especificaba claramente cuáles eran los afluentes principales del Duero: el Esla, por supuesto, así como el Pisuerga y el Tormes, pero también el Arlanzón, el Carrión y el Órbigo. El Tera quedaba relegado entre los afluentes secundarios, y sin representantes en la Confederación.
En justicia el Tera no tenía derecho a quejarse. La ley se limitaba a reconocer su condición de mero subafluente del Duero. Pero también lo era el río Órbigo y sin embargo había subido a la máxima categoría, donde disfrutaba de sus honores y privilegios. Los pueblos ribereños del Tera no iban a consentir verse marginados, así que tomaron medidas urgentes para corregirlo.
Los días 14 y 15 de agosto de 1927 se celebraron grandes asambleas en tres puntos estratégicos del Tera: Puebla de Sanabria en el tramo superior, Mombuey en el tramo medio, y Sitrama de Tera en el tramo inferior, que congregaron a los alcaldes y regantes de los pueblos vecinos. Se reunieron 1.384 firmas, que solicitaron de manera unánime al ministro la declaración del río Tera como afluente principal del Duero, a fin de obtener representación en la Confederación Hidrográfica del Duero.
Los alcaldes y usuarios de Sitrama, Colinas de Trasmonte, Santa Croya de Tera, Burganes de Valverde, Quiruelas de Vidriales, Micereces de Tera, Navianos de Valverde, Santa Marta de Tera y Ungilde solicitan la declaración del Tera como afluente principal del Duero.
— Asamblea de Sitrama del 14 de agosto de 1927

Por el momento, las peticiones no tuvieron éxito. A principios de 1928 se publicó el Reglamento de la Confederación Hidrográfica del Duero, que detallaba los principios de la ley anterior. Se confirmaba que el río Órbigo era un afluente principal, y de hecho se dividía en dos partes con el vértice en La Bañeza. En cambio, el río Tera continuaba siendo una zona secundaria: por lo tanto, sus regantes no tendrían representación en la Confederación durante varios años, hasta las siguientes elecciones de delegados.
Hubo que esperar al 13 de junio de 1928 para obtener el ansiado ascenso de categoría. Viendo que el gran número de firmas reflejaba una petición unánime, y debido a «la importancia de sus aprovechamientos de energía y para riegos», el Rey declaraba que el río Tera era un afluente principal del Duero. De este modo podía contar automáticamente con un representante en la Confederación Hidrográfica del Duero.

Su Majestad el Rey Alfonso XIII ha tenido a bien declarar principal el río Tera, a los efectos de la representación en la Confederación Hidrográfica del Duero.
— Boletín Oficial de Zamora, 13 de junio de 1928
LA EVOLUCIÓN POSTERIOR DEL ESTATUS DEL RÍO TERA
Tras ser proclamada en abril de 1931, la Segunda República se dio prisa en reformar o suprimir las instituciones creadas por la Dictadura de Primo de Rivera, consideradas un nido de caciquismo y despilfarro. Entre ellas estaban las Confederaciones Hidrográficas, que dejaron de funcionar hasta que se reemplazaran por otros organismos más sencillos y eficaces. La consecuencia fue que el río Tera perdió su condición de afluente principal del Duero tres años después de conseguirla.
Esa degradación se mantuvo con las siguientes medidas republicanas. A finales de 1932, la cuenca hidrográfica del Duero se reordenó en zonas de regadío, con independencia de que fueran irrigadas por afluentes, subafluentes, canales o acequias. En la provincia de Zamora se nombraban el Canal de San José, en Toro; los ríos Cea y Órbigo hasta su desembocadura en el Esla; el propio río Esla hasta su desembocadura en el Duero; y los regadíos de Santa Cristina y Manganeses de la Polvorosa. A su parecer, el río Tera tenía un regadío insignificante y por tanto no contaba con delegados en la Confederación.
Los pueblos del Tera volvieron a quejarse y al cabo de unos años lograron ser oídos. En 1935 se reorganizó definitivamente la Confederación Hidrográfica del Duero. Su cuenca se dividía en 12 zonas de regadío. Una de ellas comprendía el río Tera, pero unificado con el Órbigo. El Tera volvía a acercarse a la categoría de afluente principal, aunque en íntima unión con su río vecino y rival.
La Guerra Civil y el Franquismo dieron al traste con ese plan. Sin embargo, sus frutos han llegado a la actualidad. Hoy día, la cuenca hidrográfica del río Duero se divide en 13 subzonas, sin importar si engloban afluentes y subafluentes. Y una de ellas es la cuenca del río Tera, por fin independiente y separada del Órbigo y del Esla (y del río Aliste, con la que estuvo unida varios años).
Aunque no se diga expresamente, y no figure como tal en los libros de geografía, a ojos de la ley el Tera ha vuelto a ser considerado un afluente principal del Duero.
La cuenca del río Duero se divide en 13 subzonas: Támega-Manzanas, Tera, Órbigo, Esla, Carrión, Pisuerga, Arlanza, Alto Duero, Riaza-Duratón, Cega-Eresma-Adaja, Bajo Duero, Tormes y Águeda.
— Plan Hidrológíco de la Cuenca del Duero, 2022-2027

Referencias
- BOE:
- Real Decreto Ley sobre creación de las confederaciones hidrográficas. Boletín Oficial del Estado, 6 de marzo de 1926
- Real Decreto Ley por el que se crea la Confederación Hidrográfica del Duero. Boletín Oficial del Estado, 23 de junio de 1927
- Orden por la que se aprueba el reglamento de la Confederación Hidrográfica del Duero. Boletín Oficial del Estado, 3 de enero de 1928
- Decreto de reorganización de las Confederaciones Hidrográficas. Boletín Oficial del Estado, 26 de junio de 1931
- Orden Ministerial de reorganización de la Confederación Hidrográfica del Duero: Boletín Oficial del Estado, 24 de noviembre de 1932
- Decreto por el que se aprueba el reglamento definitivo de la Confederación Hidrográfica del Duero. Boletín Oficial del Estado, 19 de septiembre de 1935
- Orden por la que se dispone la publicación de las determinaciones de contenido normativo del Plan Hidrológico de Cuenca del Duero. Boletín Oficial del Estado, 28 de agosto de 1999
- Historia y funciones de la Confederación Hidrográfica del Duero
- La Confederación Hidrográfica del Duero cumple 90 años
- La Cuenca del Duero
- Las confederaciones hidrográficas cumplen 75 años. Revista Ambienta, septiembre 2001
- Plan Hidrológico de la parte española de la demarcación hidrográfica del Duero. Revisión de tercer ciclo (2022-2027)
- Riberas del río Tera y afluentes
- Un tesoro llamado Duero. El Norte de Castilla, 15 de noviembre de 2022
- Visualizador de la Cuenca del Duero


